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CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE MARCA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING

ENTRE WINGMAN APP SAS Y ESTABLECIMIENTOS ASOCIADOS

Entre los suscritos, a saber:

Por una parte, WINGMAN APP SAS, sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, identificada con NIT 9019401721, con domicilio en la dirección Calle 94A #61-05 en la ciudad de Bogotá, representada legalmente por Carlos Mario Argote Cervantes, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 1007742833, quien en adelante se denominará EL LICENCIATARIO; y

Por otra parte, [NOMBRE DEL BAR], establecimiento comercial identificado con NIT [NÚMERO DE NIT DEL BAR], con domicilio en la ciudad de [CIUDAD], representado legalmente por [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL BAR], mayor de edad, identificado(a) con cédula de ciudadanía número [NÚMERO DE CÉDULA], quien en adelante se denominará EL LICENCIANTE;

Quienes para los efectos del presente contrato se denominarán LAS PARTES, han convenido celebrar el presente CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE MARCA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

CONSIDERACIONES

  1. Que EL LICENCIANTE es titular de la marca [NOMBRE DEL BAR] (en adelante "LA MARCA"), debidamente registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio bajo el registro No. [NÚMERO DE REGISTRO] (o en trámite de registro), para distinguir productos y/o servicios en la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza.
  2. Que EL LICENCIATARIO es una empresa que se dedica principalmente a la prestación de servicios de marketing y promoción para establecimientos comerciales a través de su aplicación móvil WINGMAN APP.
  3. Que EL LICENCIANTE está interesado en otorgar a EL LICENCIATARIO una licencia de uso no exclusiva sobre LA MARCA, para que éste pueda utilizarla en actividades comerciales y de marketing relacionadas con su aplicación móvil.
  4. Que EL LICENCIATARIO está interesado en obtener la licencia de uso de LA MARCA y en prestar a EL LICENCIANTE servicios de marketing y promoción a través de su aplicación móvil.

Con base en las anteriores consideraciones, LAS PARTES acuerdan:

PRIMERA - OBJETO

Por medio del presente contrato, EL LICENCIANTE otorga a EL LICENCIATARIO una licencia de uso no exclusiva sobre LA MARCA, para que éste pueda utilizarla exclusivamente en actividades comerciales y de marketing a través de su aplicación móvil WINGMAN APP, incluyendo pero no limitado a, la promoción del establecimiento, sus productos y servicios, descuentos, eventos y demás actividades comerciales relacionadas con el giro ordinario del negocio de EL LICENCIANTE.

Por su parte, EL LICENCIATARIO se compromete a prestar a EL LICENCIANTE servicios de marketing y promoción a través de su aplicación móvil WINGMAN APP, que incluyen promoción ilimitada del establecimiento en la aplicación, gestión de reservas, notificaciones push ilimitadas a usuarios distribuidas según algoritmo inteligente de relevancia y anti-spam, eventos ilimitados, promociones ilimitadas y descuentos exclusivos, analíticas de clientes y campañas personalizadas.

SEGUNDA - VIGENCIA Y PROCESO DE RENOVACIÓN

El presente contrato entrará en vigencia a partir del cuatro (4) de julio de dos mil veinticinco (2025) y tendrá una duración inicial de tres (3) meses, correspondientes al período de prueba gratuita.

Al finalizar dicho período, EL LICENCIATARIO programará una reunión con EL LICENCIANTE para presentar los resultados obtenidos, beneficios alcanzados y métricas de desempeño durante el período gratuito. En dicha reunión, LAS PARTES analizarán los diferentes planes de servicio disponibles y EL LICENCIANTE decidirá libremente si desea continuar con el servicio y bajo qué modalidad de plan.

Si EL LICENCIANTE decide continuar, el contrato se renovará por períodos sucesivos de un (1) mes bajo el plan seleccionado, salvo que alguna de LAS PARTES manifieste a la otra por escrito su intención de no renovarlo, con una antelación mínima de quince (15) días calendario a la fecha de vencimiento del período correspondiente.

TERCERA - CONTRAPRESTACIÓN

EL LICENCIANTE no cobrará a EL LICENCIATARIO ninguna contraprestación por la licencia de uso de LA MARCA objeto del presente contrato.

Por su parte, EL LICENCIATARIO prestará sus servicios de marketing y promoción sin costo alguno durante el período de prueba gratuita de tres (3) meses.

Una vez finalizado este período y previo acuerdo en la reunión de resultados mencionada en la cláusula segunda, si EL LICENCIANTE decide continuar con el servicio, se compromete a pagar a EL LICENCIATARIO, como contraprestación por los servicios prestados, la suma mensual de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS COLOMBIANOS (COP $335.294) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del diecinueve por ciento (19%) correspondiente a SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS COLOMBIANOS (COP $63.606), para un valor total mensual de TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS COLOMBIANOS (COP $399.900).

PARÁGRAFO: El pago de la contraprestación se realizará dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, mediante transferencia bancaria a la cuenta que EL LICENCIATARIO indique para tal efecto.

CUARTA - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL LICENCIANTE

  1. Autorizar a EL LICENCIATARIO el uso de LA MARCA en los términos establecidos en el presente contrato.
  2. Autorizar a EL LICENCIATARIO el uso de imágenes, fotografías, logos, material promocional y cualquier contenido visual del establecimiento para su incorporación y uso en la aplicación móvil WINGMAN APP y sus canales asociados.
  3. Garantizar que es el legítimo titular de LA MARCA o que cuenta con las autorizaciones necesarias para otorgar la licencia objeto del presente contrato.
  4. Abstenerse de realizar actos que puedan afectar la reputación o goodwill de EL LICENCIATARIO.
  5. Pagar oportunamente la contraprestación acordada una vez finalizado el período de prueba gratuita y definido el plan de servicio.
  6. Proporcionar a EL LICENCIATARIO el material e información necesarios para la correcta prestación de los servicios de marketing y promoción.
  7. Mantener la vigencia del registro de LA MARCA durante toda la duración del presente contrato.

QUINTA - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL LICENCIATARIO

  1. Utilizar LA MARCA exclusivamente para los fines y en los términos establecidos en el presente contrato.
  2. Abstenerse de realizar actos que puedan afectar la reputación o goodwill de LA MARCA o de EL LICENCIANTE.
  3. Prestar los servicios de marketing y promoción acordados con la debida diligencia y profesionalismo.
  4. Proporcionar servicios ilimitados que incluyen: notificaciones push distribuidas mediante algoritmo inteligente, eventos ilimitados, promociones ilimitadas y analíticas avanzadas.
  5. Presentar al finalizar el período gratuito un reporte detallado de resultados y beneficios obtenidos.
  6. Informar periódicamente a EL LICENCIANTE sobre los resultados de las actividades de marketing y promoción realizadas.
  7. Respetar los derechos de propiedad intelectual de EL LICENCIANTE sobre LA MARCA.
  8. Abstenerse de registrar o intentar registrar LA MARCA o cualquier signo similar a ésta a su nombre o a nombre de terceros.
  9. Mantener la confidencialidad de toda la información recibida de EL LICENCIANTE en virtud del presente contrato.

SEXTA - CONTROL DE CALIDAD

EL LICENCIANTE tendrá derecho a supervisar y controlar la calidad de los servicios de marketing y promoción prestados por EL LICENCIATARIO, a fin de asegurar que éstos cumplan con los estándares de calidad establecidos. Para tal efecto, EL LICENCIATARIO deberá proporcionar a EL LICENCIANTE toda la información y facilidades necesarias para llevar a cabo dicha supervisión.

SÉPTIMA - SERVICIOS ILIMITADOS Y TECNOLOGÍA

EL LICENCIATARIO proporcionará los siguientes servicios de forma ilimitada:

  1. NOTIFICACIONES PUSH: Ilimitadas, distribuidas mediante algoritmo inteligente que garantiza segmentación por relevancia geográfica y demográfica, optimización de horarios según patrones de usuario, sistema anti-spam para prevenir saturación, y máxima efectividad sin comprometer la experiencia del usuario.
  2. EVENTOS: Creación y promoción ilimitada de eventos del establecimiento a través de la plataforma.
  3. PROMOCIONES: Gestión ilimitada de ofertas y descuentos exclusivos.
  4. ANALYTICS: Reportes detallados de rendimiento, métricas de engagement y análisis de comportamiento de usuarios.

OCTAVA - PROPIEDAD DE LA MARCA

LAS PARTES reconocen y aceptan que el presente contrato no implica transferencia de titularidad de LA MARCA, la cual permanecerá en todo momento como propiedad exclusiva de EL LICENCIANTE. EL LICENCIATARIO reconoce que el uso de LA MARCA no le otorga ningún derecho de propiedad sobre la misma.

NOVENA - TERMINACIÓN ANTICIPADA

El presente contrato podrá terminar anticipadamente en los siguientes casos:

  1. Por mutuo acuerdo entre LAS PARTES.
  2. Por incumplimiento grave de las obligaciones a cargo de cualquiera de LAS PARTES, previo requerimiento escrito de la parte cumplida a la incumplida para que subsane el incumplimiento en un término no mayor a quince (15) días calendario. Si transcurrido dicho término la parte incumplida no ha subsanado el incumplimiento, la parte cumplida podrá dar por terminado el contrato mediante comunicación escrita dirigida a la parte incumplida.
  3. Por la terminación o cancelación del registro de LA MARCA.
  4. Por insolvencia, quiebra, liquidación o cualquier otro procedimiento similar que afecte a cualquiera de LAS PARTES.
  5. Por imposibilidad sobreviniente para el cumplimiento del objeto del contrato.
  6. Por decisión unilateral de EL LICENCIANTE al finalizar el período de prueba gratuita, sin obligación de continuar con servicio pagado.

DÉCIMA - EFECTOS DE LA TERMINACIÓN

A la terminación del presente contrato por cualquier causa, EL LICENCIATARIO deberá cesar inmediatamente todo uso de LA MARCA y devolver a EL LICENCIANTE todo el material relacionado con la misma que se encuentre en su poder. Asimismo, deberá retirar LA MARCA de todos sus canales de comunicación, incluyendo su aplicación móvil WINGMAN APP.

DÉCIMA PRIMERA - CONFIDENCIALIDAD

LAS PARTES se obligan a mantener en estricta confidencialidad toda la información que reciban de la otra parte con ocasión de la ejecución del presente contrato, y a no divulgarla a terceros sin el previo consentimiento escrito de la parte propietaria de dicha información.

DÉCIMA SEGUNDA - CESIÓN

Ninguna de LAS PARTES podrá ceder el presente contrato ni los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte.

DÉCIMA TERCERA - INDEPENDENCIA DE LAS PARTES

LAS PARTES actúan como contratantes independientes y nada en el presente contrato se interpretará como la creación de una sociedad, joint venture, agencia, relación laboral o cualquier otra forma de asociación entre ellas.

DÉCIMA CUARTA - NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, comunicaciones y avisos que deban darse LAS PARTES en desarrollo del presente contrato, deberán hacerse por escrito y enviarse a las siguientes direcciones:

EL LICENCIATARIO:

WINGMAN APP SAS
Dirección: Calle 94A #61-05, Bogotá, Colombia
Correo electrónico: soporte@wingmanapp.com
Teléfono: +57 301 413 9710

EL LICENCIANTE:

[NOMBRE DEL BAR]
Dirección: [DIRECCIÓN COMPLETA DEL BAR]
Correo electrónico: [CORREO ELECTRÓNICO DEL BAR]
Teléfono: [TELÉFONO DEL BAR]

DÉCIMA QUINTA - MODIFICACIONES

Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse por escrito y ser firmada por ambas partes.

DÉCIMA SEXTA - LEY APLICABLE

El presente contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República de Colombia, en especial por lo dispuesto en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina y demás normas aplicables en materia de propiedad industrial.

DÉCIMA SÉPTIMA - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, interpretación, terminación o liquidación, se resolverá en primera instancia mediante arreglo directo entre LAS PARTES. Si transcurridos treinta (30) días calendario desde el surgimiento de la controversia LAS PARTES no han llegado a un acuerdo, la controversia será sometida a la jurisdicción ordinaria colombiana.

DÉCIMA OCTAVA - REGISTRO DE LA LICENCIA

De conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, LAS PARTES podrán registrar la presente licencia ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Los gastos que genere dicho registro serán asumidos por EL LICENCIANTE (el establecimiento).

DÉCIMA NOVENA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: (i) Los anexos que LAS PARTES suscriban en desarrollo del mismo; (ii) El certificado de existencia y representación legal de LAS PARTES; (iii) El certificado de registro de LA MARCA (o constancia de solicitud en trámite, según corresponda).

VIGÉSIMA - DOMICILIO CONTRACTUAL

Para todos los efectos legales, LAS PARTES acuerdan como domicilio contractual la ciudad de [CIUDAD].

VIGÉSIMA PRIMERA - INTEGRIDAD

El presente contrato contiene el acuerdo total entre LAS PARTES con respecto al objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otro acuerdo verbal o escrito que hubiere existido entre ellas sobre el mismo objeto.

En constancia de lo anterior, LAS PARTES firman el presente contrato en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor, en la ciudad de [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] del año [AÑO].

Por EL LICENCIATARIO,

____________________________

Carlos Mario Argote Cervantes

C.C. No. 1007742833

Representante Legal

WINGMAN APP SAS

NIT 9019401721

Por EL LICENCIANTE,

____________________________

[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL BAR]

C.C. No. [NÚMERO DE CÉDULA]

Representante Legal

[NOMBRE DEL BAR]

NIT [NÚMERO DE NIT DEL BAR]

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